Libera tus contenidos para que circulen por Internet
Vivimos pendientes de nuestros perfiles en Facebook, Twitter, LinkedIn... Si nos siguen, si nos mencionan, si nos retuitean... Pero ¿qué pasa con los contenidos de nuestra web o blog?
Vivimos pendientes de nuestros perfiles en Facebook, Twitter, LinkedIn... Si nos siguen, si nos mencionan, si nos retuitean... Pero ¿qué pasa con los contenidos de nuestra web o blog?, ¿se mueven?, ¿alguien los cita? No. Los tenemos protegidos con copyright o simplemente nos reservamos todos los derechos de reproducción. ¿Por qué? Principalmente porque creemos que los robarán, plagiarán o tergiversarán, o simplemente por desconocimiento de que existan otras opciones mejores para protegerlos.
Lo interesante es que tu contenido circule. Utiliza una licencia Creative Commons
En la sociedad de la información en la que vivimos, los usuarios están ávidos de contenidos relevantes y, si consideramos que nuestros contenidos lo son, ¿por qué no los dejamos libres? "Lo interesante -según
Roberto Carreras, experto en Comunicación Social- es que tu contenido circule y, para ello, deberíamos tener en nuestra web o blog una licencia Creative Commons", una alternativa más que aceptable al restrictivo
Copyright.
¿Qué es la Licencia Creative Commons y qué permite?
La licencia Creative Commons nos permite establecer
diferentes condiciones o grados de permiso en la distribución de nuestros contenidos, desde el reconocimiento del autor hasta el permiso para la creación de obras derivadas mediante la modificación de los textos originales, restringiendo o delimitando también su uso para fines comerciales o particulares. Es decir, podemos dejar que nuestros contenidos simplemente sean citados en otras obras o llevar al máximo esta apertura y que puedan ser transformados y adaptados a otros trabajos con una licencia de dominio público.
¿Supone una renuncia a mis derechos de autor?
Al contrario de lo que se piensa, las Licencias Creative Commons garantizan y protegen los derechos de autor. Independientemente de las condiciones elegidas para la licencia, el autor sigue teniendo la propiedad intelectual de la obra, pues así lo ampara la legislación española1, que otorga todos los derechos de una obra a su autor desde el mismo momento de su creación. Lo único que estamos haciendo es autorizar el uso y delimitar la distribución de nuestra obra en Internet. De hecho, todos los tipos de licencia Creative Commons llevan implícito y obligatorio el Reconocimiento by / Attribution.
Ventajas de las licencias Creative Commons:
- Licencia de obtención gratuita, rápida y sin necesidad de registro.
Una vez elegidas las condiciones de tu licencia de entre las 6 disponibles, el único requisito es indicarla añadiendo el Botón Creative Commons correspondiente que irá enlazado al Commons Deed (texto legal), para que los interesados puedan informarse de las condiciones de reproducción, y que encontrarás en la
web de Creative Commons España. - Mayor claridad que el Copyright, pues ofrece textos legales breves y sencillos, de fácil comprensión, y adaptados a la legislación española.
El Copyright suele desalentar a los redactores que quieran mencionar nuestros contenidos, ya que, por una parte, deberán pedir permiso expreso de mención y esperar la respuesta del autor, ralentizando su trabajo; y, por otra, no saben exactamente cuáles son las condiciones en la que pueden utilizar los textos y si eso podría suponerles algún problema legal. - Promoción viral de tus contenidos.
Al permitir su difusión, tus contenidos tienen más probabilidades de ser citados y reproducidos. Pongamos un ejemplo: si estás preparando un artículo y consultas bibliografía anterior sobre el tema, ¿qué preferirías, citar un autor que te permita la reproducción de sus textos o uno que tiene "Todos los derechos reservados", protegidos por Copyright o simplemente no indique si se puede o no copiar? Está claro ¿verdad? - Importante fuente de información y trabajo que puede usarse de manera legal, sin infringir los derechos de autor, sin necesidad de pedir permiso o licencia de uso.
- Permite la colaboración e interacción entre personas y profesionales.
- Favorecen la sociedad de la información, el intercambio de ideas, la creatividad y, por ende, la extensión de la cultura. Nuestros contenidos pueden servir de inspiración para otros redactores o de apoyo intelectual a sus obras y, de igual modo, esta apertura puede repercutir en nosotros, pues la opinión sobre nuestro trabajo puede aportarnos un punto de vista diferente o novedades que desconocíamos.
Beneficios que te puede reportar la libre circulación de tus contenidos
- Aumentará tu reputación como profesional y experto en tu materia.
Si nuestros contenidos se mueven por Internet, se citan, se mencionan, se recomiendan y se enlazan, podremos construir una imagen de referencia en nuestro sector y generar confianza entre los usuarios. Otro ejemplo: ¿En quién confiarías más, en una marca de la que sólo encuentras referencias por su web corporativa o en una que se cita en multitud de medios? - Por lo tanto, es una buena forma de promoción y marketing de tu trabajo.
- Mayores beneficios cuanto más pequeño seas.
Es un método muy eficaz para crear una marca personal y un nombre en pequeñas y medianas empresas, y para conseguir una proyección internacional. - Incrementará las visitas a tu web.
La atribución y reconocimiento de una obra con licencia CC, supone que al utilizar esos contenidos se cite a su autor y la fuente de procedencia de los mismos -en este caso un enlace a la página web-, obteniendo más tráfico a tu web, aumentando su calidad y valoración. - Mejorará tu posicionamiento online.
Cuantas más referencias existan de nuestros contenidos o nombre en otras web o blogs, mayor será nuestra indexación por parte de los robots y buscadores, consiguiendo un SEO natural, sin necesidad de contratar costosas campañas de posicionamiento. - Puede reportarte beneficios económicos.
Tu contenido circula por Internet, alguna marca importante lo conoce, le interesa y contacta contigo para comprarlo o establecer algún vínculo comercial, ya sea la compra de nuestros productos o contenidos, o un contrato para trabajar con ellos si eres un profesional de la comunicación online. - Mayor proyección y exposición de tus contenidos.
Existen
aplicaciones y extensiones para los navegadores (como Mozilla Firefox, Chrome y Opera) que ayudan a dinamizar y estandarizar los contenidos Creative Commons, como
Browser Plugins (que permiten visualizar automáticamente las licencias CC dentro del explorador) o como
OpenAttribute (que ayuda a la correcta atribución de las obras) ; y funcionalidades como la posibilidad de
añadir buscadores específicos , mostrar automáticamente en la barra de estado la licencia con la que cuenta la web, incorporar y generar metadatos, etc. - Facilidad para su difusión.
Internet pone a nuestra disposición multitud de medios para distribuir nuestros contenidos de manera rápida y eficaz, con una gran audiencia dispuesta a difundirlos: Redes Sociales, blogs, foros, directorios...
Más información sobre las distintas licencias de propiedad intelectual y derechos de autor:
Copyright, Copyleft y Creative Commons, en La Webera
Copyright, en Wikipedia
Copyleft, en Wikipedia
Copyleft y copyright, derechos reservados y derechos revocados, de Suite101
Creative Commons España
Creative Commons, extensión del Copyright, de Blogdaddy Cine
Derechos de autor: Copyright y Creative Commons - Tabla de Contenido, en Adelat.org
El contenido fluye en las redes sociales: sácale partido| Roberto Carreras
Fundación Copyleft
La licencia Creative Commons y la propiedad intelectual| Eduardo Sánchez Hidalgo
Las licencias Creative Commons: ¿una alternativa al copyright?, por la UOC - Universitat Oberta de Catalunya
La psicología del compartir| El Blog de Enrique Dans
LEY 23/2006, de 7 de julio, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril.
Metadatos para licencias de contenidos abiertos, en Adelat.org
Safe Creative: Registro de Propiedad Intelectual
¿Qué significa en pocas palabras el término Copyleft?, en La Webera