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Legislación básica para empresas y particulares con presencia en Internet

Puesto que "el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento", si tenemos una página web, ya sea como particular o como empresa, debemos conocer, al menos, la legislación española y europea que regula nuestra actividad y uso en Internet

11 de abril, 2011

Mayete de Juez

Nadie consigue su permiso de conducir sin conocer, o al menos demostrar que conoce, la legislación y normas que rigen la conducción de vehículos y una mínima habilidad en el manejo de estos. Sin embargo, sí nos lanzamos a Internet sin tener conocimientos suficientes de la jurisprudencia de la sociedad de la información.

Puesto que "el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento", si tenemos una página web, ya sea como particular o como empresa, debemos conocer, al menos, la legislación española y europea que regula nuestra actividad y uso en Internet, y que podríamos dividir en 3 apartados principales: protección de datos y derechos de los usuarios, comercio electrónico y accesibilidad web.

Legislación sobre protección de datos y derechos de los usuarios

Legislación sobre comercio electrónico

Otras normativas europeas a tener en cuenta:

Legislación sobre accesibilidad web

  • Normativa UNE 139803:2004 "Aplicaciones informáticas para personas con discapacidad. Requisitos de accesibilidad para contenidos en la Web"
  • Normativa CWA 15554:2006 "Especificaciones para el esquema de la evaluación de la conformidad y marca de calidad sobre accesibilidad Web"
  • Iniciativa eEurope:
    • eEurope 2002 "Accesibilidad de los sitios Web públicos y de su Contenido"
    • eEurope 2005 "Una sociedad de la información para todos".
  • LIONDAU: Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
  • Real Decreto 1494/2007, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y medios de comunicación social.
  • Ley 49/2007, de 26 de diciembre, por la que se establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

Si además eres un organismo o administración pública o una entidad financiada por la misma es importante que conozcas estas otras disposiciones:

  • Real Decreto 366/2007, de 16 de marzo, por el que se establecen las condiciones de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad en sus relaciones con la Administración General del Estado.
  • Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
  • Ley 27/2007, de 23 de octubre, por la que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.
  • Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
  • Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información. 
  • Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual
  • Protección de datos por las instituciones y organismos de la CE: Reglamento (CE) n° 45/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de diciembre de 2000 sobre la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones y los organismos de la Comunidad y sobre la libre circulación de estos datos.

Para terminar, dos leyes que todavía no han sido aprobadas, pero de las que habrá que estar pendiente:

  • El Consejo de la Unión Europea ha anunciado que el próximo 25 mayo de 2011 entrará en vigor una normativa sobre el uso de "cookies" que obligará  a los sitios web a pedir permiso y consentimiento explícito a los usuarios antes de usarlas, en pro de una mayor privacidad en la navegación por Internet. Todavía no se conocen los términos que regirán la nueva normativa, ni las pautas para aplicarla porque, además, será necesario que cada país la adapte a su legislación.
  • El Parlamento Europeo respaldó el pasado 24 de marzo una norma para reforzar los derechos de los consumidores que compran online e impulsar las compras transfronterizas por Internet entre los estados de la Unión, cuya versión definitiva podría estar aprobada en junio o julio de este año tras las negociaciones pertinentes con cada gobierno nacional. De sus novedades destacan el aumento del tiempo de devolución a 14 días, los gatos de envío gratuitos a partir de 40€ de compra, información completa sobre los productos, gastos adicionales, costes extra...

 


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